19 de marzo de 2024

¿Ya empezó la privatización del agua en México?

KARLA NAVARRO

GMx/AGENCIA CONACYT

Ensenada, Baja California.- La agudización de la escasez de agua a nivel nacional e internacional ha generado un interés masivo por parte de la ciudadanía, que se encuentra a la expectativa de cada decisión que se toma en cuanto a la gestión del recurso.

Por medio de 10 decretos presidenciales, el 6 de junio del presente año, en 31 de las 37 cuencas hidrológicas que hay en México, se modificó su estatus de zonas de veda a zonas de reserva.

El Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (Cemda), en su postura en torno a los decretos, menciona que la Ley de Aguas Nacionales define como zonas de reserva aquellas “áreas específicas de los acuíferos, cuencas hidrológicas o regiones hidrológicas, en las cuales se establecen limitaciones en la explotación, uso o aprovechamiento de una porción o la totalidad de las aguas disponibles”.

Y agrega que este instrumento se establece con la finalidad de prestar un servicio público, implantar un programa de restauración, conservación o preservación o cuando el Estado resuelva explotar dichas aguas por causa de utilidad pública.

El anuncio de los decretos motivó un debate que intensificó en la opinión pública la posibilidad de la privatización del agua, pero ¿qué implicaciones advierten los especialistas respecto a los 10 decretos presidenciales?

El Colegio de Biólogos de México (CBM) señala que antes de los decretos se tenían 289 mil 793.596 millones de metros cúbicos de agua en estatus de protección en toda la república; tras los decretos del 6 de junio, se liberó 67 por ciento del agua para destinarlo a la propia conservación del caudal y al uso público urbano; de otra proporción del agua no se especificó su destino.

“Aquí debemos tener presente que el agua de las cuencas no aumenta o decrece, sino que sigue fluyendo bajo las condiciones establecidas en el decreto de veda, exactamente de la misma forma en que fluye bajo las condiciones de los decretos de reserva, y esto es cierto al menos para el caudal ecológico calculado para fines de conservación. Por ello no vemos razones de orden técnico relevantes que distingan entre el estatus de veda y el de reserva, al menos en cuanto a la seguridad del caudal ecológico”, apunta el CBM.

La doctora Mariana Villada Canela, especialista del Instituto de Investigaciones Oceanológicas (IIO) de la Universidad Autónoma de Baja California (UABC) y miembro del cuerpo académico Agua y Ambiente, refirió que las reservas de agua son un instrumento cuya aplicación se contempla desde el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2013-2018 y el Plan Nacional Hídrico (PNH) 2014-2018.

“Legalmente se ha actuado en acuerdo con los procedimientos posibles, pero existen dudas respecto a si los estudios de disponibilidad están reportando los datos más aproximados, precisos, reales o confiables para estimar la cantidad de agua que sí está disponible”.

La investigadora del IIO puntualiza que cambiar el estatus de veda a reserva tiene múltiples implicaciones jurídicas, sobre todo si se toma en cuenta que la veda es un instrumento rígido que, parcial o totalmente, impide el uso del agua hasta que se restablezca el ciclo hidrológico de una cuenca.

¿PRIVATIZACIÓN?

Para la doctora Mariana Villada, los decretos no representan un riesgo de que se privatice el agua, si se toma en cuenta lo que establece el artículo 27 de la Constitución Política; no obstante, considera que sí es necesario que la ciudadanía participe en la observación del destino del recurso hídrico en las 189 cuencas hidrológicas que se consideran en los recientes decretos presidenciales.

La Comisión Nacional del Agua (Conagua), como autoridad en la materia, determinó que un porcentaje de cada cuenca se destinará para asegurar el caudal ecológico y mantener sus funciones ecosistémicas, mientras que otro porcentaje se reservará para uso público-doméstico de las generaciones futuras, con base en proyecciones del Consejo Nacional de Población (Conapo) para 2070.

“Y queda libre otro porcentaje que es el que sí queda susceptible para concesiones, que pudiera estar disponible para un privado, entonces en realidad la controversia viene de ahí. Tenemos que revisar cuenca por cuenca para ver cuándo se hicieron los últimos estudios de disponibilidad de agua, para ver cuánta agua hay”.

Mariana Villada consideró que emitir una cantidad amplia de decretos de forma simultánea, que involucra consecuencias para un alto porcentaje de las cuencas hidrológicas del país, puede haber sido una de las principales causas de la suspicacia de la ciudadanía en torno a esta decisión.

“Prestemos atención a la solicitud de nuevas concesiones en las cuencas donde quedaron liberadas las vedas y se establecieron las reservas de agua, el agua para uso público urbano y ese porcentaje que queda disponible y sujeto a concesiones”, recomendó.

UNA PERSPECTIVA JURÍDICA

México requiere desarrollar nuevos modelos de gobernanza y salud ambiental en torno a la gestión del agua, regidos bajo criterios de sustentabilidad, afirmó la doctora María del Carmen Carmona Lara, especialista del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

La investigadora nacional nivel II expuso que la gestión ambiental del agua se debe desarrollar desde espacios distintos a los tradicionales y estos deben ser coordinados a nivel regional y municipal, con facultades exclusivas por ser el agua un bien nacional.

“Nuestro problema no es de escasez, es de falta de gestión. Este problema no es de disponibilidad, es de falta de gestión. ¿Por qué? Porque para mí la anarquía, que es lo que estamos viviendo en el caso del manejo de los acuíferos y de casi todas las aguas nacionales, es la más clara forma de injusticia”.

UN BIEN NACIONAL

La doctora Carmona Lara enfatizó que una de las problemáticas más relevantes en torno a la gestión del agua en México es que no hay información confiable respecto a los volúmenes que se están administrando del vital líquido.

“Si no sabíamos cuánta agua tenemos, ahora no sabemos cuánta perdemos por cambio climático, en virtud de que se nos dice que ahora se calienta el ecosistema y tampoco tenemos cifras de evaporación que son muy importantes para la zona en que estamos”.

Indicó que desde el punto de vista jurídico, el problema de la carencia de información se agudiza debido a que el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos menciona que la única información oficial es la del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

Es de acuerdo con cifras oficiales del Inegi, que se conoce que 19 por ciento de los acuíferos en México está sobreexplotado, es decir, que son mayores los niveles de extracción que la recarga; además, dos mil 600 regiones hidrológicas están altamente contaminadas.

“Para mí el agua no es recurso, porque recurso lo es para los economistas. Para mí, como abogada, es un elemento natural susceptible de apropiación y en medio está a quién se va a destinar el uso y aprovechamiento de esa agua”.

Sostuvo que los principios de gestión del agua como bien y asunto de seguridad nacional implican la regulación de aguas subterráneas; prevenir y controlar la contaminación; acreditar la calidad de las aguas; monitoreo, seguimiento y evaluación, y la puesta en marcha de un programa de recuperación de acuíferos deteriorados.

La naranja encebollada

¿Cuál es la metodología detrás del análisis jurídico de la gestión del agua en México? La doctora Carmen Carmona Lara explicó que desarrolló una metodología sistémica que tiene como eje central la jerarquía de las normas y que nombró “la naranja encebollada”.

“Lo que yo hago es que analizo el tema desde lo que denomino capas y gajos: la cebolla son mis capas, en donde tengo como capa lo municipal, lo estatal, lo regional —si es que existe—, lo federal, lo fronterizo, dependiendo del lugar en donde está ubicado es como se aplica la norma, y posteriormente, la parte de gajos que serían precisamente los diferentes temas. Como siempre abordo las cosas desde el punto de vista ambiental, entonces necesito por lo menos ver los elementos de los ecosistemas y la regulación que a nivel municipal, estatal, regional, federal, internacional y global se maneja”.

Ejemplificó con el tema de la atmósfera en el contexto del cambio climático: investiga si existe una ley, reglamentos, normas y programas y así analiza la legislación en la materia.

“Lo que encuentro a veces son vacíos, a veces encuentro contradicciones, y una vez que se encuentra esto se construye el ideal, que es el deber ser”, concluyó.

La doctora Carmen Carmona Lara estuvo en Ensenada para participar como expositora en el Foro Regional del Agua, organizado por la Universidad Autónoma de Baja California.

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