28 de marzo de 2024

Diputados dan rienda suelta a estados y municipios para endeudarse

GMx

Ciudad de México.- Con un total de 303 votos a favor y 93 en contra, la Cámara de Diputados aprobó modificaciones a la Ley de Disciplina Financiera de los estados y municipios, para la atención de la emergencia sanitaria y la reactivación económica del país, lo cual permitiría mayor endeudamiento.

El dictamen, avalado por Morena, PAN, PRI, MC, PES, PVEM y PRD, sostiene que no se está autorizando exceder los niveles de endeudamiento de los estados, sino dar herramientas para un manejo de las finanzas públicas estatales, generar infraestructura y fortalecer la hacienda pública local.

Explica que las entidades federativas podrán redirigir los recursos presupuestados en materia de desastres naturales para la atención de contingencias sanitarias, y “otorga mayor claridad y certeza jurídica en el ejercicio de las transferencias federales etiquetadas”.

Con el conjunto de modificaciones aprobadas, puntualiza el documento, “se libera el flujo de recursos para que las entidades federativas y los municipios puedan atender la pandemia, las presiones financieras y el contexto económico que ésta generó”.

Y aclara: “No se autorizan erogaciones adicionales ni un ejercicio discrecional, y no tiene impacto presupuestario”.

Al fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Hacienda y Cuenta Pública, la panista Patricia Terrazas Baca, aseguró que las entidades federativas no podrán contraer directa o indirectamente financiamiento internacional, que los financiamientos deberán celebrarse bajo las mejores condiciones del mercado y que los gobiernos locales deben informar a los congresos locales el ejercicio de la deuda en la Cuenta Pública.

También advirtió que los financiamientos deben ser autorizados por dos terceras partes de los legisladores presentes, quienes también deben analizar el destino y la capacidad de pago, y los estados y municipios podrán contratar obligaciones de corto plazo a efecto de atender necesidades temporales de liquidez, que deben ser liquidadas tres meses antes de concluir la administración.

(Con información de Proceso.Com)

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